MANUAL DEL PACIENTE
Todas las muestras de los clientes deben ser acompañadas del formulario LE-RE-R05 Orden de examen. Dicho formulario se completa por el personal del laboratorio cada vez un paciente se presenta a solicitar los servicios. El LE-RE-R05 Orden de examen requiere de la siguiente información:
• Nombre del paciente
• Sexo
• Identificación del paciente
• Fecha de nacimiento
• Información de contacto (teléfono y correo electrónico)
• Médico tratante
• Convenio en caso de tratarse de servicios empresariales
• Fecha de registro
• Pruebas de laboratorio a realizar
• Cualquier observación pertinente para la correcta interpretación de los resultados.
Una vez completo el LE-RE-R05 Orden de examen con la información anterior, el laboratorio procede a generar un consecutivo único de referencia para dicha solicitud.
Todas las muestras dentro del alcance de acreditación se deben tomar exclusivamente en los laboratorios por personal técnico calificado. Dichas instrucciones se especifican en los documentos LE-RA-I02 Toma de Muestras Sanguíneas, LE RA-I05 Toma de Muestras para Pruebas de Análisis de ADN para determinación de relaciones filiales, LE-RA-I06 Toma de Muestras para el análisis de drogas de abuso.
Las indicaciones particulares a la preparación del paciente, tipo y cantidad de muestra primaria a tomar, descripción de los recipientes de la muestra primaria, los aditivos necesarios y los volúmenes mínimos requeridos se encuentra disponible en el documento LE-RA-R20 Listado de análisis, y en www.labechandi.com menú “Directorio de Exámenes”.
En caso de ser necesario incluir información clínica relevante que puede afectar a la toma de muestra, realización de exámenes o interpretación de resultados, ésta se debe incluir en el LE-RE-R05 Orden de examen.
Para la mayoría de los procedimientos de rutina del laboratorio, el consentimiento se solicita de forma verbal cuando el paciente se presenta a sí mismo en un laboratorio y se somete voluntariamente al procedimiento de recolección habitual, por ejemplo, a una punción venosa. En el caso de los análisis de drogas de abuso el consentimiento informado se incluye en el punto 4 del LE-RA-R06 Registro de Toma de Muestra, Cadena de Custodia y Consentimiento para Análisis de Drogas de Abuso. Para los análisis genéticos para la determinación de relaciones filiales, se debe completar el LE RA-R08 Toma de Muestras y Consentimiento Informado para pruebas de ADN para determinación de relaciones filiales.
Procedimientos propios de la toma muestra sanguínea en particular pueden generar efectos adversos en las personas como hematoma, desmayo, alergias a los equipos y suministros utilizados, náuseas, vómito y dolor. No obstante, el personal técnico del laboratorio se encuentra debidamente calificado para gestión adecuada de dichas situaciones con el fin de salvaguardar la integridad del paciente, y se cuenta con un procedimiento interno al respecto: LE-RA-I12 Manejo de pacientes difíciles y reacciones adversas a la venopunción
Las limitaciones de cada uno de los análisis ofrecidos por el laboratorio se encuentran disponibles en el documento LE-RA-R20 Listado de análisis, y en www.labechandi.com menú “Directorio de Exámenes”. Detalles sobre las interferencias de cada uno de los análisis se encuentran disponibles previa solicitud al laboratorio.
Todo el personal del laboratorio sigue el procedimiento LE-RG-P01 Procedimiento de Confidencialidad y debe firmar un compromiso de confidencialidad.
El laboratorio usará estos datos con los siguientes fines:
• Para generar resultados y/o rangos de referencia
• Para entregar resultados al usuario final o a su médico
• Para generar interpretaciones y recomendaciones clínicas
• Para hacer análisis agregado de data con el fin de buscar puntos de mejora en el servicio o la información prevista para los médicos y pacientes
• Para compartir y usar los datos según el Artículo 8 de la Ley 8968, por ejemplo, el estado de emergencia por Covid-19 donde se compartieron datos epidemiológicos con el MINSA para generar órdenes sanitarias
• Para compartir con el MINSA y otras organizaciones estatales según la Ley 5395 Articulo 40 que obliga al laboratorio a mantener datos del paciente y compartir con el MINSA de ser así requerido, por ejemplo, resultados positivos de enfermedades infecciosas y los datos personales asociados al paciente.
Los pacientes tienen derecho a ver sus datos y pedir cambiar o borrar la información en nuestra base de datos siempre y cuando esto no interfiera con los deberes del laboratorio según la Ley Nacional N° 8968 de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales y la Ley General de Salud N° 5395.
Es política de la Alta Dirección del LE que todo el personal se comprometa a mantener la confidencialidad y la imparcialidad con respecto al Sistema Integrado de Calidad y a la información de los clientes del LE y en general a toda la información del proceso de análisis a la cual tenga acceso, para lo cual cada empleado, al momento de ingresar a laborar, sin importar su proceso de trabajo o lugar de trabajo, debe completar LE-TH-R02 Contrato de trabajo, que incluye las cláusulas de confidencialidad e imparcialidad.
Es importante detallar que, si un ente judicial solicitase algún tipo de información perteneciente a los pacientes del LE, dicha información deberá ser suministrada por el laboratorio a la entidad en cuestión, presentándose así una excepción en lo referente a la política de confidencialidad del LE.
El laboratorio ofrece una amplia gama de análisis clínicos y pruebas de laboratorio. La información específica sobre las muestras requeridas, los volúmenes de muestras primarios, precauciones especiales, tiempo de respuesta intervalos biológicos de referencia y valores de decisión clínica se encuentra disponible en el documento LE-RAR20 Listado de análisis, y en www.labechandi.com menú “Directorio de Exámenes”. Esta página web se encuentra abierta a disposición de cualquier paciente, con la información anteriormente mencionada.
Asimismo, se ofrece al público en general los servicios de análisis genéticos para la determinación de relaciones filiales (pruebas de paternidad), lo cual se puede consultar en detalle en https://paternidad.labechandi.com/.
Laboratorios Echandi cuenta con ensayos acreditados bajo la Norma Internacional reconocida INTE/ISO/IEC 17025:2017. Esta acreditación demuestra la competencia técnica para un alcance definido y la operación de un sistema de gestión de calidad del laboratorio. Información referente al alcance se encuentra disponible en: https://eca.or.cr/oec/microbiologos-asociados-sociedad-anonima-laboratorio-echandi/
Las instrucciones específicas de preparación del paciente que son requeridas para un examen en particular, han sido puestas a disposición de los clientes a través de la página web disponibles en www.labechandi.com menú “Directorio de Exámenes”. Esta página web se encuentra abierta a disposición de cualquier paciente, con la información respectiva información.
El transporte de las muestras para los análisis de laboratorio se realiza a nivel interno de acuerdo con lo establecido en el LE-RA-I03 Transporte de Muestras. Información referente a la estabilidad de cada analito y sus condiciones necesarias de transporte se encuentra disponible en el documento LE-RA-R20 Listado de análisis, y en www.labechandi.com menú “Directorio de Exámenes”.
Los criterios específicos del laboratorio para la aceptación y el rechazo de muestras se encuentran disponibles en el documento LE-RA-R20 Listado de análisis, y en www.labechandi.com menú “Directorio de Exámenes”.
A nivel interno, personal autorizado y competente, revisa sistemáticamente las solicitudesy las muestras a su ingreso, para comprobar que los requisitos asociados a la muestra sean los adecuados para la ejecución del o los exámenes, de acuerdo con lo establecido en el LE-RA-R20 Listado de análisis y en el LE-RA-P01 Procedimiento Preanalítico.
Los principales puntos por verificar son:
• Correcta identificación de las muestras.
• Correspondencia del tipo de muestra al examen solicitado.
• Disponibilidad del volumen mínimo para el o los análisis solicitados.
• Cumplimiento por parte del paciente de los requisitos pre analíBcos para la toma de muestra según el o los análisis solicitados.
• En los casos que corresponda, que las características de color y transparencia de la muestra cumplan con los requisitos en cuanto a hemólisis (enrojecimiento de la muestra), ictericia (intensidad del color amarillo característico) o lipemia (presencia de opalescencia).